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Reordenan ejercicio del trabajo por cuenta propia en Cuba

El nuevo marco regulatorio establece la implantación de 123 actividades que permiten, con una sola autorización, prestar un servicio más integral


Martes 10 de Julio de 2018 | 12:00:00 AM 

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Cuba actualiza hoy su política para el trabajo por cuenta propia con la reagrupación de actividades afines y la creación de nuevas modalidades para esta forma de gestión, declaró Marta Feitó, viceministra de Trabajo y Seguridad Social.

En conferencia de prensa, la funcionaria reveló que de las 201 variantes existentes para este desempeño desde 2010, el nuevo marco regulatorio establece la implantación de 123 actividades que permiten, con una sola autorización, prestar un servicio más integral sin que se afecte la carga tributaria establecida para estos contribuyentes ni se disminuyan las modalidades de empleo.

Como parte de las más recientes regulaciones, publicadas el martes último en la Gaceta Oficial extraordinaria número 35 en su sitio web, se establece, además, que solo podrá ser ejercida una de las actividades aprobadas, informó la Viceministra.

Según Feitó, el 98 % de todos los trabajadores por cuenta propia están incluidos en las actividades que se integran o que no sufren modificaciones, por lo que solo un grupo minoritario deberá decidir en cuál de todas las modalidades de esta forma de gestión permanecerá.

Con la entrada en vigor de las disposiciones, acotó, los nuevos aspirantes a trabajadores por cuenta propia deberán presentar, para algunas modalidades, un proyecto en el que se detallen los pormenores de la actividad que pretenden realizar y serán aprobados por instancias regionales.

Dentro de los cambios de la norma y, para satisfacer reclamos de este sector, se implementa la creación de tres nuevas actividades: bares y recreación, panadero-dulcero y arrendador de vehículos, recalcó Feitó.

Como parte de los beneficios contemplados en la norma, se extienden las causales y las figuras por las que se pueden solicitar licencias temporales que implican el cese del pago de tributos y se elimina la prohibición para los arrendadores de rentar a personas jurídicas, señaló.

También, agregó, se faculta a los titulares de negocios para delegar sus funciones en un trabajador contratado ante una ausencia prolongada.

Algunas de las modificaciones más importantes de la norma para el trabajo por cuenta propia atañen al sector del transporte, según refirió Marta Oramas, viceministra del Transporte. Para velar por la seguridad de la población, por ejemplo, los transportistas de pasajeros deberán acreditar tres años de experiencia como conductores de vehículo de motor, aclaró.

Asimismo, expresó, se les otorgará la licencia de operación del transporte, ahora con carácter territorial, a las personas naturales que brinden los servicios auxiliares y conexos del sector del transporte, como son las figuras del arrendador de medios de transporte, servicios de chapistería o el instructor de automovilismo.

El nuevo marco regulatorio para el trabajo por cuenta propia entrará en vigor en diciembre una vez que se hayan cumplido 150 días de su publicación en la Gaceta Oficial.

El Ministerio de Finanzas y Precios realiza hoy adecuaciones tributarias acordes al perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia sin afectar la carga impositiva de estos contribuyentes, reveló Vladimir Regueiro, director de Política Fiscal de esa entidad.

En declaraciones realizadas en rueda de prensa en la sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), Regueiro sostuvo que las modificaciones responden al ánimo de acompañar el desarrollo ordenado de esta forma de gestión, fomentar la cultura tributaria de la población y perfeccionar los mecanismos de control del pago de los tributos.

Las nuevas disposiciones, publicadas en la Gaceta Oficial extraordinaria número 35 en su sitio web, buscan minimizar conductas evasoras en la sociedad y su consiguiente afectación al presupuesto del Estado, remarcó el funcionario.

Ante el reacomodo de las actividades del trabajo por cuenta propia estipulado por el MTSS, declaró Regueiro, se impone realizar adecuaciones en los regímenes de tributaciones de las modalidades del trabajo por cuenta propia, los gastos deducibles y las cuotas a aplicar.

Según afirmó el Director, el sector mantendrá una carga tributaria entre 25 % y 35 % que es lo establecido para esta forma de gestión.

Las actividades que se incorporan como la de bares y recreación, la figura del panadero-dulcero y el arrendador de vehículos, pertenecerán al régimen de tributación general, ejemplificó.

Regueiro recordó que, para el trabajo por cuenta propia existen dos regímenes de tributación. El régimen general, orientado a las actividades más complejas, se caracteriza por el pago mensual del impuesto sobre el servicio o por las ventas y presenta declaración jurada al cierre del año, mientras el otro es el régimen simplificado que se distingue por el pago de cuotas consolidadas, añadió.

Las modificaciones, afirmó, respetan el balance entre cantidad de actividades y el número de contribuyentes que estaban en la actualidad aportando por el régimen general y los que lo hacían por el régimen simplificado.

Dentro de las modificaciones más significativas, Regueiro mencionó el establecimiento de una diferenciación en las cuotas tributarias dispuestas en la capital con respecto al resto del país así como para el desempeño de algunas modalidades.

En el caso de las personas que se desempeñan como trabajadores contratados, por ejemplo, sus cuotas se mantienen inalterables aun cuando el titular de la licencia que les contrata tenga un incremento de su cuantía a aportar, informó el funcionario.

Asimismo, reveló Regueiro, se implementarán de manera paulatina, para una serie de actividades, la habilitación de una cuenta bancaria fiscal.

La norma entrará en vigor tras 150 días de su publicación en la Gaceta Oficial de Cuba. (Tomado de Cubadebate)

 

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