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Bienestar humano, prioridad para trabajo por cuenta propia en la Isla

Bienestar humano, prioridad para trabajo por cuenta propia en la isla


Martes 31 de Julio de 2018 | 12:00:00 AM 

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El reordenamiento del trabajo por cuenta propia en Cuba incluye, dentro de las disposiciones que amplían y regulan la actividad, normas básicas para garantizar la integridad de la vida humana.

Como forma de empleo, está refrendado en la Conceptualización del Modelo Cubano y los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, según declaró recientemente en conferencia de prensa la viceministra de Trabajo y Seguridad Social Marta Elena Feitó.

A partir del año 2011, cuando esta política entró en vigor y hasta la fecha, la cifra de estos actores pasó de 157 351 trabajadores a 591 456, reveló.

Del total de los ocupados en Cuba, los trabajadores por cuenta propia representan el 13 %, lo que se traduce en la creación de 434 000 nuevos empleos.

Las actividades fundamentales que se desarrollan estos son aquellas relacionadas con la elaboración y venta de alimentos, los servicios de transporte y con el arrendamiento de espacios, sostuvo Feitó.

Según la funcionaria, este crecimiento facilita el proceso de reordenamiento laboral que se lleva a cabo en el sector estatal y contribuye al reacomodo de la mano de obra del país.

Igualmente, consideró la Viceministra, y tomando en cuenta que la contribución tributaria de los trabajadores por cuenta propia son ingresos cedidos a los presupuestos municipales, su aporte constituye una fuente financiera importante para el desarrollo territorial.

A propósito de la divulgación de las nuevas normas establecidas para el reordenamiento de esta actividad -publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 35-, la Viceministra mencionó que las actividades permitidas ahora son 123 contra las 201 existentes con anterioridad.

Ello no significa la eliminación de modalidades sino la reducción de trámites burocráticos y la unión en un solo desempeño de actividades afines, destacó.

Las nuevas normas también contemplan la solicitud de un proyecto para aquellos trabajadores que deseen instalar ciertos negocios como, por ejemplo, un restaurante.

Según refirió, con esto se busca corroborar que el desarrollo de la actividad no viola las normas básicas de convivencia, urbanismo, respeto a las leyes medioambientales u otras, ponderó.

Por esto, la actualización del marco regulatorio para esta forma del sector no estatal, incluye el trabajo mancomunado con varios organismos dentro de los que están los ministerios de Salud Pública, Industrias, Transportes, Finanzas y Precios, Cultura y el Instituto de Planificación Física.

Aquellas actividades que intervienen en la elaboración de alimentos, por ejemplo, precisan en Cuba una licencia sanitaria emitida por el Ministerio de Salud Pública (Minsap), recordó a propósito del tema Yanarys López, directora de Salud Ambiental de esa dependencia.

La funcionaria acotó que para velar por la inocuidad de los alimentos y la seguridad de los consumidores, se dispuso como parte de la actualización de las normas, medidas referentes a la elaboración y venta de alimentos procesados.

En el caso de los embutidos que requieran presevantes o aditivos, ejemplificó, solo se autorizará la actividad cuando pueda ser fiscalizado el proceso tecnológico de producción por las autoridades sanitarias competentes.

Una vez que quede demostrada la inocuidad del producto se permitirá la elaboración de embutidos ahumados y otros productos cárnicos que requieran la adición de químicos, declaró.

Igualmente, agregó, está prohibido acelerar el proceso de maduración de las frutas con sustancias químicas.

Otras actividades bajo la supervisión del Minsap, si bien no requieren de licencia sanitaria, precisan otras obligaciones indispensables para su ejercicio, añadió. En ese caso está el cuidador de enfermos, personas con discapacidad y ancianos, el cual tiene que cumplir requisitos imprescindibles de capacitación.

Estas personas, agregó, deben acudir a la escuela de cuidadores en el sistema de la atención primaria de salud disponible en todos los municipios y provincias.

Una vez que obtengan el certifico, podrán atender hasta seis personas con movilidad y solo dos cuando se trate de dependientes funcionales.

Esta capacitación es fundamental si tomamos en cuenta que el manejo de los ancianos implica acciones especiales para un óptimo cuidado, remarcó López.

Para la atención de los niños, añadió, se tomará también en cuenta la capacidad del local, o sea, los espacios que los acojan deberán tener como mínimo dos metros cuadrados por infante.

Otra de las modificaciones presentes en las normas que reordenan el trabajo por cuenta propia en Cuba atañe a los conductores de vehículos de traslado de carga o de pasajeros.

Como refirió la viceministra del Ministerio del Transporte, Marta Oramas, la norma establece como un requisito para la solicitud de una licencia de operación del transporte para personas naturales, poseer también la de conducción que le permite explotar el medio del cual se trate.

“Hoy no es una obligación tener licencia de conducción para solicitar una autorización para transportar pasajeros o carga en el país y, si no la tiene para conducir el medio del que se trate, evidentemente no está ejerciendo el empleo”, enfatizó.

Asimismo, uno de las adiciones fundamentales al marco regulatorio es la obligatoriedad de quien ostente la licencia de transportación masiva de pasajeros por medio de ómnibus, camiones o camionetas, la acreditación de tres años de experiencia en vehículos de motor por parte de una entidad jurídica.

Sostuvo que quien pretenda transportar pasajeros con los medios mencionados, deberá haber sido previamente conductor profesional o demostrar su pericia con un medio de transporte para el traslado de personas.

Un elemento que atañe igualmente a la integridad física es el relacionado con la explotación de los equipos de recreación.

La directora jurídica del Ministerio de Industrias, Glenda Murillo, expresó que corresponde a esa entidad la emisión del dictamen técnico de seguridad para esos medios.

Si partimos del lineamiento de que todas las personas en el tráfico mercantil tienen las mismas obligaciones y derechos, acotó, esta es una disposición no solo para las personas naturales sino también para las jurídicas que explotan equipos de recreación.

La medida, emitida por el Ministerio de Industrias, establece requisitos de orden técnico que deben cumplirse antes de la utilización de los equipos recreativos.

Aun cuando para el desempeño de esta actividad no haya nuevos permisos, para que el equipo pueda explotarse debe poseer un dictamen técnico que se emitirá por las entidades facultades para ello.

El dictamen, detalló, incluye la revisión de los principales componentes que son objeto de verificación como partes en las que viajan los pasajeros, piezas que facilitan el movimiento y componentes eléctricos.

Algunos de los equipos que deberán verificarse serán sillas voladoras, inflables que requieran de compresores eléctricos, o montañas rusas con altura superior a un metro, por citar algunos ejemplos.

La norma, agregó, ofrece 180 días después de su entrada en vigor para que todos los dueños de equipos de recreación gestionen sus dictámenes técnicos.

El nuevo marco regulatorio para el desempeño de los trabajadores por cuenta propia entrará en vigor el próximo 7 de diciembre.

Su puesta en marcha ayudará a ordenar una forma de gestión no estatal que, a decir de la viceministra Feitó, contribuye a las entidades estatales en cuanto a la liberación de actividades no fundamentales e incrementa la oferta de bienes y servicios de los cuales se benefician diversos sectores de la sociedad y también el turismo. (PL)

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