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28 de Marzo  2024 

En práctica nuevo reglamento para inversiones extranjeras

La Gaceta Oficial bajo el Decreto 327 pone en práctica el Reglamento del proceso inversionista, y otras normativas jurídicas complementarias


Viernes 23 de Enero de 2015 | 01:00:00 AM 

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A partir de hoy Cuba pone en práctica el Reglamento del proceso inversionista, y otras normativas jurídicas complementarias, mediante las cuales pone fin a la dispersión legislativa existente en esta materia.

Publicado en la Gaceta Oficial bajo el Decreto 327, dicha disposición actualiza y atempera a las condiciones actuales las diferentes normativas que guardan relación con el proceso de apertura a la participación de capital foráneo en el desarrollo económico del país.

A tales efectos el viceministro de Economía y Planificación, Oscar Acuña Noriega, explicó al periódico Granma que dicho reglamento incluye todas las inversiones que se ejecutan en el territorio nacional por las entidades estatales, sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, empresas mixtas, asociaciones económicas internacionales y compañías de capital totalmente extranjero.

Precisó que a partir de ahora se unifican todos los conceptos, y las inversiones tienen que cumplir en esencia lo establecido en este Decreto.

Aunque, aclaró, están previstas excepciones como las Zonas Especiales de Desarrollo y los proyectos de la Oficina del Historiador de La Habana.

Acuña significó que de esa forma se regula que la marcha de las inversiones extranjeras concuerde con las restantes normas jurídicas del proceso inversionista.

Entre las particularidades de la legislación mencionó el hecho de que el inversionista es sujeto principal de toda inversión, la definición de sus funciones y las del resto de los sujetos que forman parte del proceso: proyectista, suministrador, constructor, explotador y contratista.

El vicetitular de Economía y Planificación apuntó que un elemento novedoso es que todos los inversionistas serán capacitados sistemáticamente y además, acreditados con un título sin el cual no podrán ejercer sus funciones.

También se considera la participación de todas las formas de gestión, ya sean estatales o no estatales, y dentro de estas últimas, tanto a las personas naturales como a las jurídicas, señaló.

Igualmente, se ha previsto que todos los sujetos, con la excepción del proyectista, pueden ser personas naturales.

Otro aspecto importante es que la decisión de invertir se descentralizará gradualmente a todos los niveles de dirección, algo que ya se aplica desde el pasado año en el sistema empresarial.

En la actualidad el 85 por ciento de las inversiones se aprueba a nivel central, ya sea en el Ministerio de Economía y Planificación, el del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, o en el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros.

Hoy ya está autorizado que los directores de empresas puedan aprobar determinadas inversiones sin necesidad de hacer consultas.

Dentro de esta últimas estarán las que garanticen la reproducción simple de su actividad, el reequipamiento y el sostenimiento de sus funciones.(Tomado de PL)

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