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28 de Marzo  2024 

Nuevas reglas de juego para la empresa estatal cubana

Con la instauración de un modelo único de gestión y dirección se crean las condiciones para en 2015-2016, tener lista una Ley de empresas en nuestro país. Se afianza la entidad estatal socialista como la forma fundamental de gestión de la economía cubana


Viernes 15 de Agosto de 2014 | 12:00:00 AM 

Autor

Ledys Camacho Casado

En el buen desempeño y eficacia de la empresa estatal se centran las esperanzas de actualizar el modelo de desarrollo asumido en la Perla del Caribe, en momentos en que nuevas formas de gestión (trabajo por cuenta propia o propiedad colectiva -cooperativa-) asumen mayor peso re-lativo en el contexto económico cubano.

Lo cierto es que la aprobación de un paquete de nuevas normativas para la actividad empresarial podría dejar atrás en breve una lista larga de deficiencias y limitaciones, a partir de un marco regulatorio mucho más transparente con el plan como eje rector, pero destinado a flexibilizar y dar mayor autonomía a las entidades.

Ahora estas no solo están en condiciones más ventajosas para ocupar su lugar de primacía en el tránsito de la Isla caribeña al desarrollo, sino que deben pasar por encima de años de ineficiencia y centrarse en alcanzar rendimientos productivos que den respuesta a las necesidades del país.

Apremiado de autonomía para manejar recursos propios, hoy el sistema empresarial debe prepararse mejor para contribuir a un mercado nacional ávido de respuestas a una demanda acumulada por años de crisis económica, a nivel local y global, con el bloqueo estadounidense como una abominación que pesa, y mucho, en el funcionamiento satisfactorio de esta ínsula antillana.

Entre tantos avatares, la empresa estatal cubana ha padecido en los últimos tiempos de poca competitividad a partir de una deformada estructura sectorial, y, ante la urgencia impuesta por agudas crisis y los distintos modelos de supervivencia, ha tenido que lidiar, entre otros males, con mucha verticalización, insuficientes encadenamientos productivos, inversiones más inclinadas a favorecer los servicios y el comercio que las industrias o el sector manufacturero de la economía.

Normativas renovadoras

Con la aprobación por el Consejo de Ministros el pasado año de las Directivas para el proceso de elaboración del plan y el presupuesto 2014, se conforman un conjunto de medidas implementadas mediante normas jurídicas dadas a conocer de forma escalonada y paulatinamente, por diferentes Organismos de la Administración Central del Estado (OACEs).

Entre las disposiciones que se aplican se encuentran las dictadas por el Ministerio de Economía y Planificación, referentes a la flexibilización de los objetos sociales de las empresas, que les permite solo fijar la actividad fundamental que las identifica (productivas, comerciales y servicios), sin definir moneda y destino y dando facultad al director de la entidad para decidir otras acciones secundarias derivadas y de apoyo que puedan asumir, aprovechando eficientemente sus potencialidades.

Se señalan además en las Indicaciones Metodológicas para la elaboración del plan 2014, un sistema de indicadores directivos más reducido para medir el desempeño de las empresas: encargo estatal, ventas netas totales y por exportación, utilidad del período,  rotación del capital de trabajo, aporte por el rendimiento de la inversión estatal y en CUC (este último, mientras exista dualidad monetaria).

En cuanto al encargo estatal, por ejemplo, se autorizó que, una vez cumplido este, la entidad podrá comercializar sus excedentes por eficiencia o inejecuciones, a precios fijados por correlación entre la oferta y la demanda o por comparables de acuerdo con el mercado (el director tiene potestad para aprobar ese importe).

En este caso se ha identificado al comercio mayorista como primer destino del excedente del encargo estatal y para insumo de producciones o servicios de quien los adquiera finalmente.

Otro elemento significativo resulta que el Plan de las empresas ahora se aprueba por el Presidente de la Organización Superior de Dirección  (OSDE) o Grupos Empresariales. Antes era aprobado por el ministro de la rama a la que pertenecían, o por el presidente del Consejo de la Administración Provincial, si el centro era de subordinación local.

 A cada quien según su aporte

Según funcionarios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en lo concerniente al salario, lo esencial  es que se eliminan las restricciones para su formación, el cual estará en correspondencia con el cumplimiento de los indicadores directivos y del resultado de la actividad.

Ello parte del reconocimiento en el proceso de actualización del modelo económico y social, de que el actual sistema salarial no garantiza que el trabajador reciba su sueldo según su aporte a la sociedad, ni que este satisfaga todas las necesidades de él y su familia, lo cual genera desmotivación laboral.

Se han evaluado, por otro lado, los efectos negativos que provocaría determinar un aumento generalizado de los salarios en el sector estatal, sin estar debidamente respaldado por un incremento suficiente de la oferta de bienes y servicios.

Es justo pues, que en el sistema empresarial el salario se determine a partir de su vinculación a los resultados, con el propósito de perfeccionar esos mecanismos para propiciar el incremento de la productividad del trabajo; ello se ilustra en la modificación de las facultades para la aprobación de los sistemas de vinculación del salario a los resultados (antes solo era potestad de los ministros, jefes de entidades nacionales, presidentes de los consejos de administración y directores de empresas en perfeccionamiento empresarial).

Otro punto favorable es la eliminación de las restricciones administrativas relacionadas con los límites, la formación y la distribución del salario por rendimiento (anteriormente se establecían límites a la remuneración asociada al cumplimiento del plan y hasta 30 % para los trabajadores no vinculados directamente a la producción y los servicios).

Límites que desaparecen, pues el nivel del salario de los trabajadores en la empresa dependerá solo de los resultados que obtengan, en correspondencia con el cumplimiento de los indicadores directivos aprobados y su distribución a partir del aporte individual y colectivo (todo ello previo acuerdo con el sindicato).

Se entiende también que los recursos financieros destinados al salario de los trabajadores de la empresa se obtienen a partir del nuevo valor creado, de acuerdo con el cumplimiento del principio de sustentabilidad económica.

Una empresa sostenible

En la esfera financiera y presupuestaria, el ministerio del ramo ha emitido varias resoluciones como la asociada a la formación de precios del excedente del encargo estatal y la aprobación de un nuevo sistema de relaciones para las entidades, que incluye varios acápites, como el tratamiento a la creación de reservas y provisiones, los tributos e impuestos, la distribución de las utilidades, el financiamiento de las inversiones y de las OSDE y el tratamiento a las pérdidas

Modificaciones que están en función de contribuir al fortalecimiento de la empresa estatal, entre las que se citan la retención hasta 50% de la utilidad después de impuestos (hasta 2013 solo alcanzaba 30%), deducido el monto para incrementar la Reserva para Pérdidas y Contingencias, con el fin de  constituir fondos voluntarios.

Esta medida permite a las empresas estatales disponer de mayor liquidez y amplía su capacidad de constituir reservas para financiar gastos de capacitación, desarrollo e investigaciones, pérdidas contables de años anteriores, amortizar créditos para inversiones e incrementar su capital de trabajo, entre otros.

Se incluye una reserva para el pago por la eficiencia económica de los trabajadores, lo que conduce a una participación efectiva de los mismos en la distribución de utilidades (la cuantía a otorgar por cada persona puede ser el equivalente de hasta tres salarios mensuales).

La distribución del estímulo no es igualitaria y está en correspondencia con el tiempo real trabajado, la complejidad y responsabilidad de las tareas asumidas y el aporte realizado por cada quien, y en ese sentido se propone, por ejemplo, emplear mecanismos para que quien más aporte sea quien más gane (Coeficiente de Participación Laboral u otros).

Otra novedad es que como parte de las reservas voluntarias, se puede constituir un fondo de compensación a nivel de las OSDE para cubrir desbalances financieros temporales de las entidades y las sociedades mercantiles que la integran. Ello permite que las empresas interrumpan su ciclo de reaprovisionamiento por déficits coyunturales de su flujo de caja.

Beneficioso será también para la liquidez de las empresas estatales, que a partir de este año, no aportan la depreciación ni la amortización de los activos fijos tangibles e intangibles, ni la amortización de gastos diferidos a largo plazo.

Esos recursos los destinan a financiar las inversiones, el reequipamiento, la modernización, entre otros usos, según los intereses que determinen para su desarrollo y la ampliación de sus actividades, de acuerdo con el plan aprobado.

Se adopta además la decisión de facultar a los jefes máximos de las empresas, a aprobar los precios mayoristas para la venta de las producciones que constituyen excedentes del encargo estatal, según la correlación entre la oferta y la demanda, teniendo en cuenta el mercado y cubriendo todos los costos, gastos y compromisos tributarios.

Ello permite que las empresas estatales puedan obtener ingresos adicionales cuando logran producir eficientemente y alcanzar niveles productivos que excedan los compromisos previamente establecidos con el Estado.

A la par, se perfeccionan los organismos y organizaciones centrales del Estado, se renuevan estructuras y crean las OSDE fortalecidas, se aplica, para su paulatina generalización, la separación de las funciones estatales de las empre-sariales y se ejecuta  un gran experimento social y económico con profundos cambios en las provincias de Artemisa y Mayabeque, laboratorios que involucran hasta las entidades de subordinación local.

Funcionarios de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo de los Lineamientos de la Política Económica y Social, enfatizan en que este proceso recién comienza, se debe aplicar escalonadamente y caracterizarse por la capacitación a dirigentes y trabajadores de todos los niveles.

Se requiere de mayor responsabilidad y conlleva la evaluación consecuente de cada paso pues los cambios deben contar con el tiempo de maduración de estas medidas, a lo que se suma el compro-miso del empresariado a enfrentar con rigor y mucha sabiduría, sin apresuramientos, la generalización de este modelo único de gestión y dirección, como un proceso gradual de descentralización de facultades,

Para 2015-2016, Cuba debe estrenar una Ley de empresas, esencial para completar de forma integral todo este ordenamiento normativo y jurídico, en su rumbo imprescindible hacia la renovación de su modelo de desarrollo socialista, que implica no solo modificar en buena medida, las reglas de funcionamiento de la economía.

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