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25 de Abril  2024 

Nuevas normativas para optimizar el servicio en frontera

Las disposiciones que entrarán en vigor el primero de septiembre próximo son las resoluciones 206, 207 y 208 y la Resolución 300, del Ministerio de Finanzas y Precios


Jueves 24 de Julio de 2014 | 12:00:00 AM 

Autor

Ledys Camacho Casado

La mayoría de los pasajeros que llegan al país no tienen por qué preocuparse con las nuevas normativas recién anunciadas y que entrarán en vigor el primero de septiembre venidero pues, según indican las cifras y tendencias hasta la fecha, habitualmente casi 90 % de estos se acogen al Canal Verde como vía más expedita.

Ello significa que son más quienes viajan con una cantidad razonable de artículos, además de sus objetos personales (por lo cual no tienen que declarar ante la Aduana), que quienes importan cantidades con evidentes fines de lucro o para su comercialización, según aseguró en conferencia de prensa Jorge Jiménez Cabrera, jefe de la Terminal tres del Aeropuerto Internacional José Martí.

Al referirse a las nuevas resoluciones aduaneras, que han suscitado múltiples interrogantes y opiniones, el Directivo aseguró que la mayoría de quienes visitan esta ínsula caribeña no será afectada por las nuevas disposiciones, con las cuales se actualiza la política aduanera que se aplicaba desde 2011 para regular las importaciones no comerciales de las personas naturales.

Son estas las resoluciones 206, 207 y 208 de la Aduana General de la República (AGR) y la Resolución 300, del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), que derogarán las actuales 320/2011, 321/2011 y 122/2012 de la AGR; y la 223/2012 del MFP.

Las disposiciones anunciadas instituyen nuevos límites a la cantidad de productos que entran al país, lo cual  permitirá determinar el carácter comercial o no de las importaciones que realizan las personas naturales.

Listado de valoración de aduana

Asimismo, se establece un nuevo Listado de valoración en aduana para las mercancías sin carácter comercial y se modifica la equivalencia de peso-valor para la determinación en frontera de los artículos que clasifican como misceláneas, transportadas por personas naturales mediante envíos aéreos, marítimos, o por vía postal o de mensajería y también se relacionan las exenciones y tarifas del arancel para los envíos sin carácter comercial destinados a personas naturales.

El referido Listado de valoración tuvo modificaciones, aunque se precisa  que esta no es la única vía para determinar el pago de un artículo, ya que el pasajero puede, además, presentar su factura de compra o declarar su costo, y si en ambos casos es una cifra acorde con los precios del mercado,  será innecesario acudir a ese mecanismo.

Se mantendrá el límite de hasta 1 000 pesos en valor para la importación y se mantienen los 200 pesos para los envíos por vía aérea, marítima o postal y lo relacionado con los efectos personales de los pasajeros, entre los que se incluyen ropa, calzado, artículos de tocador y de aseo personal previstos en la normativa aduanera y otros objetos exentos del pago de los derechos arancelarios a la importación.

Señalan entre estos últimos, un reproductor de multimedia digital portátil, un teléfono móvil, un aparato de televisión y una computadora personal portátil (laptop), una cámara fotográfica, así como medios para la transportación, entretenimiento, alimentación y cuidado de los niños, de acuerdo con la edad.

Se podrán importar exentos del pago de derechos de Aduana, como ocurre en la actualidad, 10 kilogramos de medicamentos separados del resto del equipaje y en sus envases originales, así como prótesis,  culeros desechables, sillas de ruedas y otros con iguales fines.

Los materiales para la enseñanza (libros y discos, entre otros) están libres de pagos arancelarios. Por su parte, los estudiantes becarios mantienen sus derechos y obligaciones actuales.

En cuanto a los artículos que ingresen al país mediante envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, se decidió que el valor de importación de cada kilogramo de misceláneas será de 20 pesos, aumentando el costo establecido de 10 pesos por kilogramo.

El pago por esos envíos en territorio nacional será en pesos convertibles (CUC), según lo dicta la Resolución No. 300 del MFP, y para quienes reciban el paquete se determinó una exención del pago de aranceles por los primeros 1,5 kilogramos, el equivalente a 30 pesos.

Decomisarán los excesos

Se dictaminó que a partir del primero de septiembre, cuando entren en vigor estas normativas, si el monto importado indica que se trata de mercancías con fines comerciales, las autoridades aduaneras decomisarán las cantidades excedidas de acuerdo con el nuevo límite fijado (el resto podrá ser despachado sin problemas).

Igualmente, si se determina el carácter comercial ante la importación reiterada de un producto, artículo o miscelánea, se incautará su totalidad, con excepción de los efectos personales del viajero infractor de la ley.

Tales cambios son resultado del análisis del comportamiento de los grandes volúmenes de carga trasladados con destino a la comercialización y al lucro, en muchos casos en negocios particulares, apoyados en lo estipulado hasta la fecha para la importación sin carácter comercial.

Al respecto, Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la Aduana General de la República, señaló que es habitual en todas las naciones regular las importaciones no comerciales en su territorio y, en el caso de Cuba, lo dispuesto se corresponde con lo que prudencialmente una persona necesita trasladar cuando retorna al país.

Las cifras precisan que, entre enero y mayo del presente año, apenas 10 % de los viajeros debió concurrir al despacho aduanero y, de esa cantidad, no todos violaron las normas establecidas, lo cual evidencia que quienes se dedican a realizar importaciones sin carácter comercial con el objetivo final de lucrar son pocos y serán los que, en todo caso, resulten más afectados.

Se confirmó también que la entrada en vigor de las nuevas disposiciones en nada perjudican el cruce ágil por frontera de los pasajeros que se ajusten a lo establecido para el llamado Canal Verde y es evidente que se viabiliza el despacho de los envíos, cuando todo está acorde con lo establecido.

Proteger la economía

Subrayaron los directivos y funcionarios que las nuevas disposiciones responden esencialmente a la necesidad de proteger la economía nacional y estimular la producción y la compra en el país.

Trascendió que será la evaluación de las autoridades aduaneras la que determinará si se trata de una importación con fines comerciales, teniendo en cuenta su naturaleza, cantidad, funciones o frecuencia.

Desde 1979 el Decreto-Ley 22 establecía lo referente a la importación sin carácter comercial, y en el transcurso de los años la Aduana ha evaluado la necesidad de atemperar sus normativas, como ocurrió en 2011.

"Como órgano de control, determinamos lo reiterado de una importación y actuamos en consecuencia a partir del estudio y aprobación de normativas que les cierren el círculo a quienes pretenden incumplir con nuestras legislaciones", señaló la Vicejefa de la AGR.

Se conoció que en el caso de los colaboradores cubanos en el exterior mantienen las mismas regulaciones establecidas para personas naturales, aunque se señala que al término de su misión, si esta ha sido hasta, o por encima de dos años, tienen derecho al menaje de casa.

El menaje consiste en una serie de objetos mobiliarios o enseres del hogar, establecidos en la Resolución No.43 del MFP y la 122 de la AGR, por lo cual no se cobra o pagan aranceles.

Al concluir su misión pueden importar por única vez, indivisible, su menaje de casa. Se excluyen los efectos personales y otra serie de medios y artículos que no clasifican, como por ejemplo, bombas o motores y materiales de construcción.

La jefa de Departamento de Política arancelaria del MFP, Yahily García Poma, destacó la utilidad de estas medidas y su influencia positiva en la protección de la economía, al contribuir a estimular la producción nacional e incentivar la compra en el mercado interno.

Enfatizó que los estudios realizados confirman cómo con frecuencia se perjudican varios renglones y ejemplificó con las cadenas de tiendas recaudadoras de divisas que no aportan los mismos niveles de ingresos al país, por lo cual "no podemos permitir que estos se fuguen por otras vías".

"Existen políticas - dijo- que se analizan en la actualidad para surtir más y mejor nuestros centros comerciales,  y además se trabaja en la estrategia de precios a implementar, pues en las actuales circunstancias no podemos darnos el lujo de ser eminentemente importadores, por ninguna vía."

Conocer al dedillo el contenido de estas resoluciones desde ahora, antes de que comiencen a aplicarse en septiembre próximo, tendrá a la población informada de sus derechos y deberes para prevenir a tiempo y evitar incomprensiones o malentendidos en cuanto a la actuación de las autoridades aduanales en frontera.

La Vicejefa de la Aduana insistió en que trabajan permanentemente y con fuerza para evitar violaciones en los procedimientos y hechos de corrupción y se sancionan, con medidas severas, a quienes se alejen del actuar profesional y ético establecido por ese órgano de control, así como a quienes propicien esas situaciones y pretendan transgredir las leyes.

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